Sobre los requisitos de las prácticas curriculares

requisitos prácticas curriculares

¿Quiénes tienen la oportunidad de realizar las prácticas curriculares?

Podrá realizar prácticas curriculares cualquier estudiante que se encuentre cursando estudios superiores y másteres, sean nacionales o extranjeros en centros o instituciones de la Comunidad de Madrid.

¿Cuáles son los requisitos para poder realizar las prácticas?

Para poder realizar las prácticas, deberás cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar matriculado en los 12, 6 o 5 créditos ECTS que correspondan a la asignatura de prácticas curriculares en el curso académico que vayas a realizar.
  • No poseer ningún tipo de relación contractual con la empresa, entidad o institución, ya sea pública o privada, en la que vas a realizar las prácticas.
  • Haber superado el 50% del total de créditos de tercer curso.

¿En qué momento debo matricularme para hacer las prácticas?

Una de las preguntas frecuentes sobre prácticas curriculares es el cuándo se debe matricular. Debes estar pendiente, porque se realiza una pre-inscripción en el curso anterior al comienzo de las prácticas curriculares, indicando el periodo en el que las llevarás a cabo.

Si reúnes todos los requisitos, vas a poder matricular la asignatura en los plazos abiertos antes de comenzar la realización de las prácticas, durante el mes de junio o febrero.

¿De qué manera se evaluarán las prácticas curriculares?

Las prácticas curriculares que realices van a ser tutoradas por un profesor de tu institución o centro de estudios y un tutor de la entidad colaboradora. El profesor va a ser el responsable de la evaluación de las prácticas y para ello tendrá en cuenta:

  • El informe final del tutor de la entidad colaboradora.
  • La memoria final de prácticas que deberás realizar al finalizar la práctica.
  • La información que sea recogida durante el período de prácticas (informe del tutor académico).

Una vez que se realice la evaluación, toda documentación generada en el desarrollo de las prácticas se incorporará a tu expediente académico.

¿Cómo solicitas la oferta de las prácticas curriculares?

Una de las preguntas frecuentes sobre prácticas curriculares que más se repite puede ser respondida por tu centro de estudios, el cual establecerá el proceso de configuración de la oferta, difusión y proceso de solicitud de las prácticas curriculares a través de los medios que posea.

¿Qué información se presenta en la oferta de prácticas curriculares?

La oferta de prácticas curriculares incluirá los siguientes datos:

  • Nombre o razón social de las entidades colaboradoras donde se realizarán las prácticas, información sobre las mismas y enlaces a sus sitios web y redes sociales.
  • Centro, localidad y dirección donde tendrán lugar.
  • Fechas de comienzo y fin de las prácticas, así como su duración en horas.
  • Número de horas diarias de dedicación y horario asignado.
  • Proyecto formativo, con las actividades y competencias a desarrollar.

¿Cómo se asignan las prácticas curriculares?

Normalmente, la asignación de prácticas curriculares se realiza teniendo en cuenta tu currículum y portafolio, tu adecuación al perfil requerido en la oferta, tu interés y preferencias que manifiestes en la solicitud. Esta asignación es una de las preguntas más frecuentes sobre las prácticas.

Al momento de elegir, debes tener en cuenta las condiciones y requisitos demandados por las empresas o instituciones. En ocasiones, deberás pasar por procesos de selección. Cuando la empresa o institución se ponga en contacto contigo para que participes en el proceso de selección, debes asistir obligatoriamente, salvo que hayas sido adjudicado definitivamente a otra empresa.

Los centros de estudio le darán prioridad en la elección y en la adjudicación de prácticas a los estudiantes con discapacidad, con objeto de que puedan optar a empresas en las que estén aseguradas todas las medidas de accesibilidad universal, incluidas las referidas al transporte para su traslado y acceso a las mismas.

Sobre la búsqueda de prácticas

¿Qué es el convenio y el proyecto formativo?

El convenio es el acuerdo entre el centro de estudios y la empresa o institución, que establece las relaciones entre el centro docente, el alumno y la entidad colaboradora, para la formación práctica de los estudiantes.

El proyecto formativo es el documento, que es anexo al convenio de colaboración, en el que se establece la correspondencia entre las competencias que deberás adquirir mediante la realización del conjunto de actividades programadas que desarrollarás durante la realización de las prácticas.

¿Puedo buscar mis prácticas curriculares? ¿Qué debo hacer?

Puedes contactar directamente y por tu cuenta con empresas o instituciones que te interesen para buscar tus propias practicas curriculares.

El proceso a seguir es el siguiente:

  • Debes obtener un documento por parte de la entidad donde se exprese la aceptación de la entidad como estudiante en prácticas para el curso académico.
  • Debes hacer llegar a la coordinación de prácticas en empresas el documento de aceptación y facilitar los datos de contacto de la entidad.
  • Si no existe un convenio suscrito con la entidad y si ésta reúne los requisitos precisos para ser considerada de interés, la coordinación de prácticas en empresas tratará de establecer el convenio de colaboración y de esta forma favorecer tu incorporación de acuerdo a la legalidad y garantizar así tu seguridad.

En Aicad te podemos facilitar el proceso una vez hayas seleccionado la empresa en la que quieres realizar las prácticas. Aquí puedes conseguir toda la información.

Sigue leyendo esta lista de preguntas frecuentes sobre prácticas curriculares para que aclares más dudas.

¿Se pueden realizar las prácticas curriculares en otra ciudad de la Comunidad de Madrid? ¿y en otra Comunidad Autónoma? ¿Y en otro país?

Sí, podrás realizar las prácticas en cualquier ciudad perteneciente a la Comunidad de Madrid. También podrás realizar las prácticas en empresas o instituciones ubicadas en otra Comunidad Autónoma o en otro país.

¿Puedo cambiar de empresa o institución de prácticas?

Esta es otra pregunta frecuente sobre prácticas curriculares. Solo podrás cambiar de empresa o institución en caso de problemas graves y en los relacionados con el incumplimiento de los acuerdos pactados en el proyecto formativo. Deberás informar por escrito a tu profesor. Una vez que se compruebe la justificación, se te ofrecerá una alternativa para completar tus prácticas.

Si abandonas las prácticas sin esta justificación admitida por el centro de estudios, las suspenderás y deberás matricularse de nuevo, también completar un proyecto formativo por la totalidad de los créditos.

Sobre el inicio de las prácticas

inicio de prácticas curriculares

¿Qué ocurre cuando comienzo las prácticas curriculares?

Esta es una de las preguntas más frecuentes sobre prácticas curriculares. Cuando comiences las prácticas, deberás comprometerte a su realización en el período y horario establecido. Si deseas cambiar el horario, debes notificarlo con anterioridad y por escrito a tu profesor, quien se pondrá en contacto con el tutor de la entidad colaboradora para realizar la modificación oportuna en la relación de alumnos.

También deberás comprometerte a asistir a las tutorías y seguir las indicaciones que el profesor te indique para el seguimiento de las prácticas.

¿Es posible rechazar las prácticas curriculares?

Los centros de estudio brindan a cada estudiante matriculado en las prácticas curriculares al menos una oferta durante el periodo oficial de realización. En el caso de tener asignadas las prácticas a una empresa o entidad y decides no realizarlas durante ese período por no ajustarse a tu disponibilidad e intereses, el centro de estudios no podrá ofrecerte otras en el mismo curso académico y la asignatura se calificará como “no presentada”. Deberás realizar una nueva matrícula en un nuevo curso académico.

Si encuentras una empresa o institución por tu cuenta y el centro la considera adecuada estableciendo el convenio, podrás realizar las prácticas en el periodo establecido del curso académico. Puedes consultar con nosotros para facilitarte ese proceso.

¿Puedo convalidar las prácticas curriculares?

Una de las preguntas más frecuentes sobre prácticas… Y la respuesta es: Sí, puedes convalidar las prácticas curriculares a través de un reconocimiento total o parcial de créditos:

Podrás solicitar el reconocimiento total o parcial de las prácticas por experiencia profesional o bien por haber superado en estudios oficiales previos una formación práctica, en ambos casos relacionada con las enseñanzas artísticas que esté cursando. Solicita a tu centro de estudios la documentación y requisitos necesarios para realizar el trámite.

En el caso de que se proceda a un reconocimiento parcial, deberás realizar las actividades que la persona responsable de la coordinación de prácticas o profesor determine para completar tu formación. La formación restante deberá quedar reflejada en créditos ECTS y se deberá hacer una adaptación del proyecto formativo a realizar en función de aquellas competencias que de acuerdo a la resolución de reconocimiento queden pendientes de superar.

Será el director del centro quien realice la propuesta de resolución de reconocimiento de los créditos, en función del informe previo elaborado por el profesor, debiendo ajustarse dicha propuesta al modelo de las instrucciones de prácticas, y así ser elevada para su resolución a la Dirección General de Universidades e Investigación de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

Sobre los horarios

horas en prácticas

¿Cuántas horas tengo que realizar en la empresa o institución para superar las prácticas?

La asignatura de prácticas curriculares tiene 12 créditos ECTS, que corresponde a 360 horas presenciales en la entidad colaboradora. Dependiendo de lo que curses, cada centro de estudio establecerá las horas y el número de créditos correspondientes.

Tus horas diarias en el centro de prácticas tenderán a ser de duración igual o cercana al horario laboral de la institución colaboradora. Los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades de la empresa o institución.

¿Durante el período de prácticas puede asistir a las clases y a los exámenes?

Los horarios pactados con la entidad colaboradora, en todo caso, serán compatibles con tu actividad académica, conociendo los horarios previamente sin que existan coincidencias entre las diferentes actividades formativas.

¿Puedo realizar las prácticas fuera del período lectivo?

Las prácticas curriculares se desarrollarán exclusivamente durante el periodo lectivo establecido en el calendario escolar que se aprueba para cada año académico.

¿Puedo realizar las prácticas en horarios no habituales y días no lectivos?

Otra de las preguntas frecuentes sobre prácticas curriculares tiene que ver con los horarios. La realización en horarios no habituales o en días no lectivos tendrá carácter excepcional y se podrá autorizar únicamente en los casos en que concurran circunstancias especiales, tales como: estacionalidad de la actividad, falta de disponibilidad de puestos formativos, etc.

En dichas ocasiones se requerirá la autorización expresa de la Dirección General de Universidades e Investigación que resolverá la solicitud del centro previo informe de Inspección Educativa valorando la petición, en el que se hará constar:

  • La justificación razonada de su necesidad.
  • El sistema y condiciones establecidos para el seguimiento de las actividades, que garanticen la realización del control tutorial.
  • Que es la única alternativa que permite al estudiante realizar las prácticas.

La petición, que será razonada, deberá incluir tu nombre y apellidos, el número del documento acreditativo de tu identidad, el lugar de realización de las prácticas, el periodo y el horario de realización.

Las solicitudes de autorización se tramitarán con anterioridad al inicio de las prácticas y no te incorporarás a los centros de prácticas para su realización hasta que no se haya obtenido la correspondiente autorización.

Sobre la gestión durante las prácticas

gestión de prácticas curriculares

¿Qué protección tengo durante el período de estancia en la empresa o institución?

Durante las prácticas, dispones de la cobertura que te garantiza el Seguro Escolar, de acuerdo con lo dispuesto en su normativa reguladora.

En caso de que el estudiante tenga más de 28 años, deberá acreditar disponer, al menos, de idéntica cobertura bien mediante el pago de la correspondiente contraprestación o cuota derivada de la suscripción de un convenio especial con la Seguridad Social o bien mediante la suscripción de pólizas con otras entidades aseguradoras, siendo en estos casos el centro educativo el responsable de exigir la correspondiente acreditación en el momento de formalizar la matrícula en la asignatura de prácticas curriculares.

Nosotros en Aicad ofrecemos cobertura por una póliza, un SEGURO de RESPONSABILIDAD CIVIL que gestionamos con varias aseguradores, que les cubre cualquier siniestro en las prácticas hasta 150.000 € en el país que se realice las becas.

¿La empresa o institución me puede remunerar las prácticas curriculares?

Dado el carácter formativo de las prácticas curriculares, de su realización no se derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo. Esta es una de las preguntas frecuentes más comunes sobre las prácticas curriculares.

La relación que se establece entre el estudiante y la entidad colaboradora, como consecuencia del convenio suscrito, no tendrá en ningún caso naturaleza laboral o funcionarial. En consecuencia, no podrás percibir retribución alguna por la actividad formativa que realicen ni por los resultados que puedan derivarse de ella.

Si deseas conseguir prácticas remuneradas, puedes informarte más aquí.

¿Puedo firmar un contrato con la empresa o institución durante las prácticas?

Esta es otra de las preguntas más frecuentes sobre prácticas. La entidad colaboradora no podrá cubrir ningún puesto de trabajo de su plantilla con los estudiantes que realicen prácticas curriculares en dicha empresa, salvo que se formalice una relación laboral de contraprestación económica por servicios contratados.

En este caso, se considerará que los estudiantes afectados abandonan el proyecto formativo al que estaban acogidos. La empresa deberá comunicar esta circunstancia al director del centro educativo, quien lo pondrá en conocimiento de la Dirección General de Universidades e Investigación.

¿Es posible abandonar las prácticas curriculares antes del período pactado con la empresa o institución?

Si debes abandonar las prácticas por cualquier motivo, tendrás que comunicarlo por escrito con antelación suficiente al profesor y al tutor en la empresa, exponiendo las causas que así lo justifiquen (inicio de una relación laboral contractual, problemas de salud, etc.).

Recuerda que el abandono no comunicado a los responsables de las prácticas sin haber concluido el período pactado con la entidad supone la no superación de la asignatura.

¿Es posible ser excluido durante la realización de las prácticas curriculares?

Sí, por decisión unilateral del centro educativo, de la institución colaboradora o conjunta de ambos, en los casos siguientes:

  • Faltas reiteradas de asistencia o puntualidad no justificadas, previa audiencia del interesado.
  • Actitud incorrecta o falta de aprovechamiento, previa audiencia del interesado.
  • Incumplimiento del proyecto formativo en el centro de prácticas.

Sobre la culminación de las prácticas

culminar prácticas

¿Qué tengo que hacer al finalizar las prácticas curriculares?

Una de las preguntas frecuentes sobre prácticas profesionales es qué se hace al terminarlas. Una vez finalizado el periodo de estancia en la entidad colaboradora y en plazo de una semana, deberás entregarle la memoria de las prácticas que servirá al tutor para realizar su evaluación. La no entrega de esta documentación al finalizar las prácticas implica la no superación de las mismas.

¿Puedo reclamar la calificación de las prácticas curriculares?

Sí, podrás presentar una reclamación como si de otra asignatura del Plan de estudios se tratase en los dos días lectivos posteriores a la comunicación de la calificación. La reclamación se presentará en la secretaría del centro y dirigida a la jefatura de estudios.