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Formación programada -Ley 4/2015 de 22 de marzo


REAL DECRETO-Ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral
FORMACIÓN PROGRAMADA POR LAS EMPRESAS
1. Financiación de la formación programada
2. Empresas y Colectivos
3. Organización de la Formación
4. Acreditación/Inscripción Entidades de Formación
5. Modalidades de formación/Duración
6. Comunicaciones en la aplicación /Costes
7. Régimen Sancionador
1. Financiación de la formación programada
¿Cómo se financia la formación programada por las empresas?
Mediante bonificaciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social, queno tendrán carácter subvencional.
Desde el primer día del ejercicio presupuestario, las empresas dispondrán de un crédito de formación, que podrán hacer efectivo mediante las bonificaciones en las cotizaciones empresariales por formación a la Seguridad Social. El importe de dicho créditoestará en función de lo ingresado por ese concepto el año anterior y del tamaño de laempresa, según se establezca anualmente en los Presupuestos Generales del Estado.
Para el ejercicio 2015, en tanto no se modifiquen, se mantienen los porcentajes establecidos en los presupuestos generales para 2015:
Plantilla Crédito
De 6 a 9 trabajadores 100%
De 10 a 49 trabajadores 75%
De 50 a 249 trabajadores 60%
De 250 o más trabajadores 50%
La Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio podrá establecer uncrédito mínimo de formación en función del número de trabajadores que las empresastengan en sus plantillas, que podrá ser superior a la cuota de formación profesionalingresada por aquellas en el sistema de Seguridad Social.
Para el año 2015, se garantiza un crédito mínimo de 420 € para las empresas de 1 a 5trabajadores.
¿Existe alguna excepción en el caso de tener la consideración de grupo deempresas?
A partir del 1 de enero de 2016, en caso de pertenecer a un grupo de empresas, cadaempresa podrá disponer del importe del crédito que corresponda al grupo, con el límite del 100 por cien de lo cotizado por cada una de ellas en concepto de formaciónprofesional.
¿Qué empresas pueden acceder a la formación programada (antes formaciónbonificada o de demanda)?
Todas las empresas y entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de losacuerdos de formación en las Administraciones Públicas, que coticen por formación,independientemente de su tamaño o sector de actividad….
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